miércoles, 21 de mayo de 2014

Google dispone de robots para borrar datos, pero no para verificarlos en masa

El Tribunal de la Unión Europea (UE) ha dado la razón a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con una sentencia la semana pasada, que ampara el “derecho al olvido” en ciertos casos, y exige a Google retirar enlaces a informaciones lesivas para el ciudadano si así se lo reclama.


Hasta el momento, la tecnología no permite todavía por sí sola comprobar si el enlace que se pide borrar realmente perjudica al denunciante o si el caso está entre los supuestos que ampara la ley para acogerse al “derecho al olvido”, que depende del contexto, aunque es cierto que el borrado automático es fácil de implementar con máquinas.


Así lo han explicado a Efefuturo los ingenieros de Telecomunicación Rubén Cuevas, profesor del departamento de Ingeniería Telemática de la Universidad Carlos III de Madrid; Noelia Miranda, directora técnica del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación (COIT), y Miguel Pérez Subias, que además es presidente de la Asociación de Usuarios de Internet (AUI).


Desde el sector empresarial, Verónica Alarcón, directora del departamento jurídico de la empresa de borrado de datos ePrivacidad ha recordado que Google tiene ya herramientas muy sencillas para retirar enlaces en temas de propiedad intelectual y opina que podría desarrollar algo similar para protección de datos personales.


Según el ingeniero Cuevas, actualmente los robots tienen fácil bloquear automáticamente un enlace para que no se repita “sine die” en caso de que alguien quiera perjudicar a una persona.


Sin embargo, ha advertido, también es sencillo para la picaresca sortear los filtros de Google con enlaces ligeramente distintos al original y vinculados asimismo a la página con contenidos lesivos que el denunciante ha ordenado retirar.


Cuevas ha advertido de las dificultades técnicas a las que se expondría Google en el caso de que las reclamaciones de eliminación de enlaces se dispararan de forma masiva tras la sentencia.


Hasta el momento esta empresa no ha dado datos del ritmo de nuevas reclamaciones solicitadas después de la resolución, pero la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) admite que se han incrementado las consultas al respecto.


Dicha sentencia ha otorgado la batuta de juez al propio Google, que tendrá ahora la responsabilidad no sólo de borrar enlaces a contenidos lesivos sino además de comprobar si el que exige eliminarlos tiene derecho a ello dependiendo del contexto.


Las máquinas pueden ya interpretar sin errores el lenguaje natural, y si lo que dice un texto se corresponde sintácticamente con otro; sin embargo, en el caso de las imágenes, y sobretodo con los vídeos, la cosa se complica, porque hoy por hoy no existen tecnologías fiables para comprobar automáticamente si unas imágenes son las mismas que otras similares, pero con distinta resolución o tamaño, por ejemplo, según Cuevas.


La automatización de la comprobación de enlaces a vídeos o fotografías para comprobar si son los mismos en todos los casos y si sus contenidos perjudican a los denunciantes exige el desarrollo de algoritmos muy complicados técnicamente, insisten los expertos.


También resulta casi imposible tecnológicamente seguir “la trazabilidad” o rastro en internet de todos los vínculos a un mismo contenido dada su globalidad y la proliferación de redes sociales que viralizan automáticamente los datos, si las reclamaciones se hacen masivas.


Cuevas ha advertido además de las situaciones de “conflicto de intereses” que podrían surgir con la sentencia del “derecho al olvido”. Por ejemplo, reclamar la retirada de un enlace a una información en la que se condecora a alguien a quien se quiere dañar bajo el argumento de que le perjudica. EFE


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